CNDH-RD CONDENA ATAQUES A LA DIPUTADA FARIDE RAFUL Y EXPRESA PREOCUPACIÓN POR POSIBLES VIOLACIONES A LIBERTAD DE RELIGIÓN Y DE CULTO

Consideramos que tales ataques violan el derecho a la libertad de expresión de la diputada a quien expresamos nuestra solidaridad y apoyo.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos considera que la aplicación de la Ley 44/00 viola la Constitución dominicana en su artÃculo n. 45 que recita lo siguiente: “El Estado garantiza la libertad de conciencia y de cultos, con sujeción al orden público y respeto a las buenas costumbres”.
Recordamos que el Estado dominicano es un estado aconfesional, en donde no rige una religión oficial y que al imponer la lectura de un texto religioso, el que sea, se estarÃa violando dicho principio.
Además de la citada Ley 44/00 llamamos la atención de los diputados respecto a la Ley de Educación 66-97 que en su artÃculo IV numeral “e” recita lo siguiente: “Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en los principios cristianos evidenciados por el libro del Evangelio que aparece en el Escudo Nacional y en el lema "Dios, Patria y Libertad”.
Estamos nuevamente frente a una situación de inconstitucionalidad y de violación del derecho a la libertad religiosa, además de una abierta violación a los siguientes derechos constitucionales: a la igualdad (art. 39), al libre desarrollo de la personalidad (art. 43), a la libertad de expresión e información (art. 49) y a la cultura (art. 64).
Un Estado que impone principios religiosos en su formación educativa se configura a todos los efectos como un estado teocrático que no corresponde a la definición de Estado social y democrático de derecho asà como establecido en nuestra Constitución.
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